El D.L. 3.516 permite dividir predios rústicos en lotes de mínimo 5.000 m² con certificación del SAG. Cómo funciona el trámite, qué profesionales intervienen, cuánto demora y los errores que dejan proyectos parados por años.
Cotizar mi subdivisión con las abogadas Una abogada habilitada revisa tu caso. VerLa regla de oro: 5.000 m² mínimo
Fuera de los límites urbanos, los predios rústicos pueden subdividirse libremente siempre que cada lote resultante tenga una superficie mínima de 5.000 m² (0,5 hectárea). Así lo fija el D.L. 3.516. Es el origen de las clásicas "parcelas de agrado" del sur.
El trámite, paso a paso
- Plano de subdivisión elaborado por un profesional competente (topógrafo, ingeniero o arquitecto), con deslindes, superficies, accesos y servidumbres.
- Certificación del SAG: el Servicio Agrícola y Ganadero revisa el proyecto y emite el certificado que acredita el cumplimiento del D.L. 3.516.
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: cada lote queda con inscripción propia, y luego con rol de avalúo propio en el SII.
- Desde ahí, cada parcela puede venderse individualmente, con escritura pública por lote.
Lo que la subdivisión NO permite
- El destino del suelo sigue siendo agrícola, ganadero o forestal: urbanizar o construir conjuntos habitacionales exige cambio de uso de suelo.
- La construcción de una vivienda del propietario es posible bajo las reglas generales, pero un "loteo brujo" con calles y ventas en verde es ilegal y sancionado.
Nuestro servicio integrado
En alianza con Parcelas Patagonia gestionamos la subdivisión completa: plano, certificación SAG, escrituras e inscripciones por lote, y las parcelas resultantes se publican gratis en el portal para su venta. Del campo a las parcelas vendidas, con respaldo legal en cada etapa.
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