Honorarios

La retención de las boletas de honorarios sube a 16% en enero de 2027: qué revisar en tus contratos de servicios

Equipo ContratosLab · Redacción legal 18 de agosto de 2026 4 min de lectura

Desde el 1 de enero de 2027 la retención de las boletas de honorarios pasa del 15,25% al 16% (Ley 21.133), camino al 17% en 2028. Para un independiente significa menos líquido por el mismo bruto; para quien contrata, revisar si el contrato fijó un monto bruto o líquido.

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El calendario de la Ley 21.133

La retención de las boletas de honorarios sube de forma gradual para financiar la cotización obligatoria de los independientes:

  • 2026: 15,25%
  • 2027: 16% (desde el 1 de enero)
  • 2028: 17%

Qué cambia en la práctica

Boleta de $1.000.000 bruto
  1. 2026: retención $152.500 → líquido $847.500
  2. 2027: retención $160.000 → líquido $840.000

Y al revés: para recibir $500.000 líquidos en 2027 habrá que emitir por $595.238 (en 2026 bastaba con $589.971).

Revisa tu contrato de servicios

  • Si fija un monto bruto, el prestador recibirá menos líquido en enero sin que cambie el contrato.
  • Si fija un monto líquido ("$X libres de retención"), el cliente pagará más bruto automáticamente.
  • Si no dice nada, la práctica es que el monto es bruto. Conviene aclararlo y, si corresponde, pactar el reajuste de enero.
Recuerda: la retención no es un impuesto "perdido": financia AFP, salud y seguros del independiente, y el saldo se ajusta en la Operación Renta de abril.
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