La promesa de compraventa compromete la venta de un inmueble mientras se tramita el crédito o se reúnen los papeles. Para que valga, el artículo 1554 del Código Civil exige 4 requisitos, y la cláusula penal fija qué pasa si alguien se arrepiente.
Compraventa de vehículo y bienes muebles redactado por abogadas · $7.990 Formulario guiado, vista previa antes de pagar y PDF al instante. Crear el míoPara qué sirve una promesa
Cuando compras una casa o un departamento, casi nunca se firma la escritura definitiva de inmediato: falta la aprobación del crédito hipotecario, el estudio de títulos o alzar una hipoteca. La promesa de compraventa deja el negocio amarrado mientras tanto: precio, plazo y condiciones quedan fijados y ninguna parte puede vender a otro ni cambiar el precio.
Los 4 requisitos del artículo 1554 del Código Civil
Sin ellos, la promesa no produce obligación alguna:
- Que conste por escrito. Para inmuebles se recomienda escritura pública (no es obligatoria para la promesa, pero facilita exigir su cumplimiento).
- Que el contrato prometido no sea de aquellos que la ley declara ineficaces.
- Que contenga un plazo o condición que fije la época de celebración del contrato definitivo (por ejemplo, "dentro de 90 días" o "una vez aprobado el crédito").
- Que se especifique el contrato prometido de tal manera que sólo falte la tradición o las solemnidades legales: el inmueble, el precio, la forma de pago.
¿Y si una parte se arrepiente?
La promesa suele incluir una cláusula penal: una multa (habitualmente el 10% del precio) que paga quien incumple. Además, la parte cumplidora puede exigir judicialmente que se firme la escritura definitiva.
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