Laboral

Artículo 160 N°7 del Código del Trabajo: qué es el "incumplimiento grave de las obligaciones del contrato"

Naschda Osiadacz Pinto · Abogada | Máster en Derecho Internacional de la Empresa 31 de agosto de 2026 5 min de lectura

El artículo 160 número 7 es la causal de despido más invocada en Chile: incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. Pero "grave" no es cualquier error, y si el empleador se equivoca al calificarlo, el despido puede terminar siendo injustificado.

La causal más usada… y más discutida

El artículo 160 N°7 del Código del Trabajo permite despedir sin indemnización por "incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato". Es, en la práctica, la causal más invocada en los despidos chilenos, porque es la más amplia: cualquier obligación del contrato (asistencia, desempeño, instrucciones del empleador, políticas internas) puede en teoría dar lugar a ella.

¿Qué significa "grave"?

El Código del Trabajo no define "grave" en términos exactos. En la práctica, los tribunales laborales exigen que el incumplimiento sea:

  • Real y comprobable, no una simple sospecha o apreciación subjetiva del empleador.
  • De entidad suficiente como para hacer insostenible la continuidad del vínculo laboral (no cualquier error menor califica).
  • Atribuible al trabajador, con dolo o negligencia grave.

Ejemplos que los tribunales han considerado, según el contexto: incumplimiento reiterado de metas o instrucciones claras y razonables, ausencias o atrasos sistemáticos pese a advertencias formales, incumplir protocolos de seguridad esenciales, o desobedecer órdenes legítimas del empleador de forma persistente.

El riesgo de invocarla mal

Si la causal no se acredita: el despido puede declararse injustificado, y el empleador debe pagar la indemnización por años de servicio con un recargo del 30% al 100% según el caso (art. 168 CT), además de las prestaciones ya adeudadas.

Por eso, tanto para el empleador como para el trabajador, conviene tener claro qué respalda la causal antes de firmar o de reclamar un finiquito: la carta de despido debe detallar los hechos concretos, no una fórmula genérica.

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Naschda Osiadacz Pinto
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