Desde abril de 2026 la jornada laboral máxima bajó de 44 a 42 horas semanales por la Ley 21.561. Qué contratos hay que ajustar, qué debe decir el anexo y qué riesgos corre el empleador que no actualiza.
El calendario de la Ley 21.561 (Ley de 40 Horas)
- Abril 2024: de 45 a 44 horas semanales.
- Abril 2026: de 44 a 42 horas semanales (etapa vigente).
- Abril 2028: llegada final a las 40 horas.
La reducción opera por ley: aunque el contrato diga 44 o 45 horas, desde abril de 2026 el máximo exigible son 42, sin rebaja de remuneraciones.
¿Hay que firmar un anexo?
Sí, es lo recomendable. La Dirección del Trabajo espera que la jornada pactada por escrito refleje la realidad: un anexo simple que actualice la cláusula de jornada (y la distribución diaria) evita multas en fiscalizaciones y discusiones sobre horas extraordinarias, que se calculan sobre la nueva jornada máxima.
Los errores más comunes que estamos viendo
- Contratos nuevos que se siguen redactando con 44 o 45 horas.
- Anexos que reducen la jornada pero recalculan mal el valor de la hora extraordinaria.
- Empleadores que rebajan sueldos junto con las horas: la ley lo prohíbe expresamente.
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