El 18 y el 19 de septiembre son feriados irrenunciables para el comercio: la mayoría de los trabajadores no puede trabajar aunque quiera. Quiénes son la excepción, cómo se paga trabajar un festivo y qué multas arriesga el empleador que abre igual.
Calcular mis horas extras del festivo Herramienta gratuita, sin registro. CalcularQué significa "irrenunciable"
Para los trabajadores del comercio, el 18 y 19 de septiembre (junto al 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre) son feriados obligatorios e irrenunciables (Ley 19.973): el descanso no se puede cambiar por plata ni "por acuerdo". El empleador que hace trabajar arriesga multas por cada trabajador afectado, y la Dirección del Trabajo fiscaliza intensivamente esos días.
Las excepciones que sí pueden abrir
- Restaurantes, clubes y locales de entretenimiento (cines, espectáculos).
- Farmacias de urgencia y de turno.
- Expendio de combustibles y tiendas de conveniencia asociadas.
- Trabajadores que no son "del comercio": salud, transporte, hotelería, seguridad.
¿Cuánto se paga trabajar un festivo?
Para quienes legalmente trabajan un festivo (trabajadores exceptuados del descanso dominical): el día trabajado da derecho a descanso compensatorio en la semana, y las horas que excedan la jornada ordinaria semanal se pagan como extraordinarias con recargo del 50%. Calcula el valor exacto con nuestra calculadora de horas extras.
Para el empleador: deja el acuerdo por escrito
Turnos, compensaciones y bonos de festivo deben quedar en el contrato o en un anexo. Los conflictos de septiembre son de los más frecuentes en la Inspección del Trabajo, y casi siempre por acuerdos "de palabra".
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